¿que es y como se registra una marca?
1.- Recabar los datos bibliográficos, es decir, el nombre o razón social, domicilio y nacionalidad del titular solicitante.
2.- Determinar el tipo de marca: nominativa (denominación), figurativa (logo o diseño) o mixta (el conjunto de una denominación y un logo o diseño), que son las más comunes o de las especiales las olfativas, sonoras, etc.
3.- Determinar los elementos sobre los cuales No se solicita protección; traducción en caso de palabras en otro idioma; y transliteración en su caso.
4.- Determinar los productos o servicios que se pretenden proteger con el registro y la clase a la que pertenecen (en caso de no conocer la clase, puede acceder al clasificador internacional en la siguiente liga), o nosotros lo podemos proponer la clase correcta, recuerde que la ley no reconoce una marca uniclase, y por tanto, los productos o servicios deben agruparse en las clases que las contengan, de tal forma que si los productos o servicios pertenecen a clases distintas, entonces deben solicitarse para la misma denominación y/o diseño, el número de clases necesarias que protejan la totalidad de dichos productos o servicios, o a su elección los que considere de su interés.
5.- Determinar la fecha de primer uso (acreditable) y el domicilio del establecimiento comercial.
6.- Recabar los datos de país de origen, número de solicitud y fecha de presentación si se reclama prioridad de una solicitud previamente presentada en otro país.
Una vez que se cuenta con la información anterior, es necesario requisitar el formato IMPI-00-001.
La presentación de dicho formato puede ser en forma presencial ante la Oficialía de Partes de Marcas en el IMPI o en forma electrónica desde el portal del IMPI.
Es importante saber que la presentación de la solicitud de registro de marcas está sujeta al pago de la Tarifa por los servicios que presta el IMPI, que en el caso del estudio de una solicitud nacional para el registro de una marca, aviso comercial o nombre comercial hasta la conclusión del trámite o, en su caso, la expedición del título, es de $2,425.66, mas I.V.A.
Una vez recibida la solicitud por el Instituto, procederá a su publicación en la Gaceta, a más tardar en los diez días siguientes a su recepción y otorgará un plazo improrrogable de un mes, contado a partir de la fecha en que surta efectos dicha publicación, para que cualquier tercero que tenga interés, se oponga a la solicitud de registro o publicación.
Concluido el plazo de un mes para la presentación de oposiciones, se procederá a realizar el examen de la solicitud, para lo cual el Instituto puede girar oficios de impedimento legal o cita de anterioridades oponibles al otorgamiento, concediendo un plazo de dos meses al solicitante para que supere las objeciones del examinador.
Hecho lo anterior, el Instituto dictara resolución por la que niegue u otorgue el registro.
El Instituto expedirá un título por cada solicitud de registro marca otorgado como constancia de su registro, y constará:
1.- El número de registro de la marca;
2.- El signo que constituye la marca;
3.- Los productos o servicios a los que se aplicará la marca, indicando la clase a la que corresponden;
4.- El nombre y domicilio del titular;
5.- La ubicación del establecimiento, en su caso;
6.- Las fechas de presentación de la solicitud; de prioridad reconocida, y de primer uso, en su caso, así como la de expedición;
7.- Su vigencia, y
8.- La circunstancia de que la marca se otorgó por distintividad adquirida, en su caso.
Una vez otorgado un registro de marca, nombre o viso comercial, deberá darse un aviso de uso real al Instituto, dentro de los tres meses posteriores al cumplimiento del tercer aniversario de su otorgamiento, acompañando el respectivo pago de aprovechamientos.
Los registros de marca tienen una vigenc1a de 10 años y son renovables por periodos iguales ( de 10 años) siempre que se solicite al Instituto su renovación dentro de los seis meses previos al vencimiento de su vigencia.